jueves, 2 de abril de 2009

PLAZO SOLICITUD DE PLAZAS





Para la ESO, Bachillerato, FP y Programas de Cualificación Profesional Inicial se establece del 20 de abril al 13 de mayo



La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias abrirá el 16 de abril el plazo de admisión de alumnos en los niveles de Educación Infantil y Primaria en centros públicos y privados concertados para el curso escolar 2009/2010, que finalizará el 6 de mayo. Para solicitar matrícula en el primer curso de Educación Primaria se requiere que el alumno cumpla los seis años de edad en 2009.

Los colegios deberán publicar el 18 de mayo las listas provisionales de admitidos y no admitidos. Las reclamaciones a estas listas se podrán presentar hasta el 20 de mayo. El 29 de mayo se darán a conocer las listas definitivas y la matrícula se formalizará del 29 de mayo al 16 de junio, ambos inclusive.

En los niveles de ESO, Bachillerato, ciclos de grado medio y superior de Formación Profesional y Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) el plazo de solicitud de plazas se sitúa entre el 20 de abril y el 13 de mayo. Por su parte, la admisión para los Ciclos Formativos de Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño se extenderá del 1 de abril al 8, y la de Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música del 5 y al 29 de mayo.

En la ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos y los PCPI las listas provisionales de admitidos se darán a conocer el 1 de junio. El plazo de matrícula se prolongará del 22 de junio al 3 de julio.

En cuanto a los ciclos formativos de Enseñanzas de Artes Pláticas y Diseño la publicación de las listas definitivas de alumnos que obtengan plazas se efectuará el 29 de junio, abriéndose el día siguiente el plazo ordinario de matrícula que concluirá el 6 de julio. Por último, las listas definitivas de inscritos para cursar Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música estarán listas el 8 de junio. El plazo ordinario de matrícula para alumnos de continuidad será del 15 al 26 de junio y para los de nuevo ingreso del 3 al 9 de julio.

Criterios de admisión

Los criterios generales para la admisión del alumnado están contemplados en el Decreto 61/2007, de 26 de marzo, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 67, de 3 de abril de 2008. Sus prioridades son las siguientes: Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo; proximidad al centro del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores; rentas anuales de la unidad familiar, atendiendo a las especificidades que para su cálculo se aplican a las familias numerosas y aplicando como parámetros el Índice Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM); y, por último, concurrencia de discapacidad en el alumno, en alguno de sus hermanos, padres o tutores. Como criterio complementario se puntúa con un punto la condición legal de familia numerosa.

En la admisión al Bachillerato se aplicará, además de estos criterios generales, el expediente académico como criterio específico. Por su parte, la admisión a los Ciclos Formativos de grado medio y superior de la Formación Profesional, cuando no existan plazas suficientes en el centro solicitado, se tendrá en cuenta la nota medida del expediente académico de la titulación que les da acceso o la nota final de las pruebas previstas, independientemente de que el alumno proceda del mismo centro o de otro distinto de aquel en el que se imparta el ciclo formativo.

Tres novedades

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes mediante una Orden de 19 de marzo de este año, realizó tres modificaciones al reseñado procedimiento de admisión.


La primera de ellas con relación al expediente académico del alumno, que se calculará teniendo en cuenta todos los cursos de las enseñanzas que dan acceso al nivel o etapa para el que se solicita plaza. No obstante, cuando el alumnado no haya finalizado dichas enseñanzas en el momento de solicitar plaza, se calculará la nota media tomando las calificaciones de los cursos anteriores a aquel que se está cursando en ese momento.

La segunda tiene que ver con la implantación de las Enseñanzas Deportivas contempladas en la Ley Orgánica de Educación (LOE), para igualarlas con otras enseñanzas de régimen especial como Música y Danza o Artes Plásticas y Diseño, en su simultaneidad con el Bachillerato o los Ciclos Formativos.

La tercera novedad viene derivada de la normativa que regula la admisión del alumnado en el primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años) y limitada a las entidades locales titulares de las mismas. Dichos ayuntamientos podrán establecer criterios específicos para la admisión del alumnado, siempre que tengan carácter objetivo y adecuada justificación, como el empadronamiento en el municipio o que la madre y el padre estén trabajando en él. La puntuación máxima a otorgar será de 3 puntos.

Consejo Escolar

El Consejo Escolar del centro público para el que se solicita plaza es el órgano competente para decidir sobre la admisión del alumnado y para velar porque el procedimiento se realice con la máxima transparencia. En los centros privados concertados corresponde esta competencia a sus titulares y a su Consejos Escolar.

A fin de garantizar el cumplimiento de las normas sobre admisión del alumnado y resolver las incidencias sobre escolarización, las direcciones territoriales de Educación constituirán tantas Comisiones de Escolarización como sean necesarias. Entre sus competencias está la de adjudicar plaza al alumnado que no haya obtenido en el centro solicitado.

3 comentarios:

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